Para reactivar la
producción nacional de alimentos, es
necesario realizar el diseño de nuevas leyes, como la Ley de Producción de
Semillas y la reforma de leyes como, la
Ley de Tierra y Desarrollo Agrario; la Ley de Pesca y Acuicultura; así como la
Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria. Dentro del Plan Agroalimentario
para el Pleno Abastecimiento (plan PAPA), consideramos muy importante también,
un marco legal que norme la relación que debe existir entre la producción de
alimentos y la nutrición de nuestra población.
La
Seguridad Jurídica en el área agroalimentaria, significa para el productor,
reglas claras que garanticen la confianza para producir y trabajar en paz y que
se estimule la propensión a seguir invirtiendo. Para el consumidor, la
seguridad del abastecimiento suficiente, oportuno y la posibilidad de poder
acceder a los productos necesarios, para mantener el nivel requerido para un
normal desarrollo nutricional
En noviembre del año
pasado presentamos a la Asamblea Nacional, la reforma de la Ley Tierra y
Desarrollo Agrario y estamos trabajando en la reforma a las leyes de Seguridad
y Soberanía Agroalimentaria y la de Pesca y Acuicultura. Estamos estudiando una
normativa legal, que armonice la producción con el aspecto nutricional. De esta
manera, iniciaremos el proceso de sentar las bases legales, para dar confianza
a los productores de alimentos y a los consumidores. De esta manera garantizar
a los productores su derecho a producir sin intervenciones sobrevenidas por parte
del Estado y al consumidor el derecho a una oferta de alimentos segura,
suficiente y oportuna,
El fundamento básico de la reforma de la
Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, presentada a la Asamblea Nacional, es
otorgar la propiedad de la tierra de forma universal y sin ninguna limitación,
conforme al artículo 115 de nuestra Constitución Nacional. Toda persona natural
o jurídica, que estén dispuestos a desarrollar actividades agrícolas y forestales,
serán sujetos del otorgamiento de la propiedad a título oneroso, según sea el
caso.
La reforma establece la preferencia en el
otorgamiento a aquellas personas que estén ocupando tierras del Estado, de
manera pacífica e ininterrumpida de forma precaria. También son sujetos
preferenciales para el otorgamiento, los agrotécnicos, que son base fundamental
del desarrollo agrícola. Así como los ciudadanos en situación vulnerable, cuya
única forma de ingreso directo, es el desarrollo de la tierra que están ocupando
en situación precaria, promoviendo de esta manera la agricultura familiar.
La reforma también plantea, resolver la
difícil situación, en la que se encuentran los propietarios, cuyas unidades de
producción han sido intervenidas de manera arbitraria por el gobierno sin
cumplir los procesos legales correspondientes y sin ningún tipo de
indemnización.
Con esta reforma se eliminan 74
Artículos, que violan nuestra Constitución Nacional y le dan carácter punitivo
al INTI para atropellar al sector productivo, garantizando de esta manera el
respeto a la propiedad privada.
El estímulo a la producción y a la
productividad requiere de un marco legal, que institucionalice la relación del
sector público con los sectores de la producción y de la academia. En ese sentido
es fundamental normar la concertación de los sectores mencionados, para el
diseño de políticas públicas y de planificación de proyectos sustentables.
Además este marco legal debe normar la producción, las importaciones y la
exportación.
La transferencia de políticas agrícolas del
gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y municipales, también
requiere de una normativa legal. La investigación, transferencia de tecnología,
almacenamiento, distribución y la gestión de infraestructuras de producción,
son actividades que desarrollarían eficientemente los gobiernos regionales y
municipales con el concurso del sector privado. La descentralización del
financiamiento de programas de producción, requiere también la creación de fondos
de desarrollo regional, dedicados al financiamiento de áreas específicas
dedicadas a la producción de alimentos.
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